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La UPRA ajustó con datos de la vigencia 2020, la metodología para el cálculo del índice de informalidad que elaboró en el año 2019, en aras de integrar criterios que incluyen:
Avance por parte del Estado en la regularización de la propiedad rural a partir de los diferentes mecanismos de acceso a tierras,
1.Actualización de las fuentes de información que integran la base catastral,
2.Registros administrativos que reconocen y dan cuenta de los antecedentes registrales de los predios, permitiendo obtener datos más precisos.
3.Para el cálculo del índice de informalidad, se parte de la premisa de que un predio informal es aquel que cumple con cualquiera de los siguientes criterios.
Criterio fijo (Constante):
• Predios no interrelacionados en el Proyecto Interrelación Catastro-Registro (ICARE).
Criterios variables (Actualización de información base):
• Predios sin matrícula inmobiliaria en la base de datos catastral .
• Predios identificados con mejoras en predio ajeno dentro de la base catastral.
• Predios con falsa tradición registrada en el folio de matrícula inmobiliaria (FMI).
• Predios con anotaciones en el folio de matrícula inmobiliaria (FMI) que presumen alguna situación de informalidad.
• Predios que hacen parte del inventario de baldíos.